Columna de Carmen Hertz: Enfrentar el fenómeno negacionista
Por: Carmen Hertz Cádiz, diputada de la República de Chile y militante del Partido Comunista.
El golpe de Estado y la dictadura cívico militar que le siguió convirtió a Chile en un reducto del terror, pues durante 17 años se instauró a lo extenso de todo el país, una política de Estado dirigida a exterminar a los opositores a través de crueles métodos que se materializaron en prisión política, tortura, ejecuciones, desaparición forzada y exilio, con más de 40 mil víctimas, incluyendo niñas, niños, adolescentes y mujeres embarazadas, existiendo a la fecha más de 1.000 personas que permanecen en calidad de detenidas desaparecidas. Estos hechos configuraron graves, masivas, generalizadas y sistemáticas violaciones de derechos humanos, que se encuentran documentadas de manera indubitada en los informes de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación; la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación; Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura; y la Comisión Asesora para la Calificación de Detenidos Desaparecidos y Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura; así como en sendas sentencias judiciales firmes.
Producto de ello, además de configurarse responsabilidad penal para sus perpetradores por delitos que constituyen crímenes de lesa humanidad - y que las Naciones Unidas denominan como crímenes atroces- nacieron para el Estado de Chile obligaciones que se refieren a la prevención, investigación, sanción y reparación de esas violaciones de derechos humanos, que se traducen en verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición, soportes ineludibles en la reconstrucción moral y democrática de nuestra sociedad y respecto de lo cual Chile se encuentra al debe.
Y son precisamente esos crímenes atroces y el conjunto de sufrimientos personales de todas las víctimas, lo que el fenómeno negacionista en su conjunto, niega, justifica o aprueba. Se habla de “fenómeno” porque el enfoque negacionista no es una decisión personal de un individuo, sino que se plantea en términos colectivos traduciéndose en un problema social y político, forjándose a través de un posicionamiento activo en contra de evidencias históricas que se propone negar, porque le resultan incómodas, perjudiciales o porque se busca favorecer la impunidad: sobre esto se advierte que el negacionismo se basa en una estrategia cuyopropósito velado es garantizar impunidad, lo que hace deformando pruebas en base a teorías conspiracionales y falacias instaladas.
Respecto al pseudo conflicto que eventualmente se produciría con el derecho a la libertad de expresión, debe quedar en claro que tipificar el negacionismo de ninguna manera supone castigar opiniones, sino la negación de hechos concretos constituidos por graves crímenes contra la humanidad - y no cualquier conducta típica antijurídica y culpable - que en este caso están acotados a un período de tiempo y que constan en documentos estatales. En el proyecto que hemos presentado con un grupo de diputadas y diputadas de conocido compromiso con la defensa de los derechos humanos, esto se castiga con pena de prisión que no va más allá de 60 días, acompañado de una multa, con una agravante en el caso de que la conducta sea desplegada por un funcionario público - lo que parece del todo razonable debido a su investidura- y que además produzcan un resultado que consiste es perturbar el orden público o limitar los derechos de las víctimas o sus familiares.
Además, esa aparente contradicción fue zanjada por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, pues tanto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos como la Convención Americana de Derechos Humanos contemplan como límite ineludible del derecho a la libertad de expresión, la honra y dignidad de las personas.
Asimismo, a nivel comparado, los países que han vivido el exterminio al igual que Chile, siguiendo recomendaciones emanadas de las Naciones Unidas, tipifican delitos que sancionan la apología al odio y la negación de crímenes de lesa humanidad, como Alemania, Israel, Austria, Bélgica, España, República Checa, Grecia, Liechtenstein, Sudáfrica, Letonia y Suiza.
Por otra parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos conociendo casos por desaparición forzada de personas ha elaborado jurisprudencia respecto al denominado “derecho a la verdad”, el que está íntimamente relacionado con la memoria histórica, y del que son titulares especialmente las víctimas y sus familiares, pero también la sociedad toda, por lo que tipificar el negacionismo es una de las formas de institucionalizar expresamente a nivel local ese derecho a la verdad.
Por lo tanto, ad portas de cumplirse 50 años del golpe militar, como coadyuvante para un ejercicio responsable de la memoria histórica como elemento esencial para el desarrollo de una sociedad que se precie de democrática y ante la reciente escalada del fenómeno negacionista, legislar sobre el tema se erige como un imperativo ético y como una forma de honrar y reforzar el pacto social del Nunca Más.