La Minuta AM: ¡“Papitos corazón”, se les acabó la fiesta!: Desde hoy entra vigencia Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos 

Lo que pasó. Desde hoy viernes entra en vigencia la ley que da vida al nuevo Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos, con el objetivo de coordinar diversas medidas legales para promover y garantizar los pagos correspondientes. 

“Esto nos permitirá centrarnos en los derechos de los niños, niñas, adolescentes y familias que necesitan apoyo y también contribuir a la corresponsabilidad. Madres y padres, todos son responsables de la crianza de los hijos”, valoró la ministra de Justicia y DD.HH., Marcela Ríos.  

La secretaria de Estado explicó que cada persona que tenga un proceso judicial por no pago de pensión de alimentos durante más de 3 meses de deuda consecutiva, o tres meses en un periodo de cinco, ingresará al Registro Nacional con una notificación informada por los Tribunales de Justicia. 

“Lo que se busca con el Registro Nacional de Deudores es poder ayudar a que las familias, las mujeres en particular, pero niños, niñas y adolescentes que necesitan las pensiones de alimentos, puedan recibirlas de manera más rápida y que no sean las propias víctimas quienes tengan que hacer de “detectives privados”, persiguiendo a quienes no pagan las pensiones de alimentos”, apuntó la ministra Ríos. 

Implicancias. Las personas que no paguen las pensiones y figuren en el Registro Nacional, no podrán obtener licencia de conducir o pasaporte, retención de la devolución de impuestos, retención de hasta la mitad de los fondos de un crédito solicitado por 50 UF o más, impedimento de la inscripción de la compra-venta de un vehículo o inmueble, retención de ciertos beneficios estatales, retención de un porcentaje del salario en caso de contrato o ascenso dentro de organismos dependientes de los poderes del Estado e impedimento de adopción de un niño, niña o adolescente. 

De igual modo, en caso que todas estas medidas no den resultado, los Juzgados de Familia podrán investigar, retener y pagar las deudas mediante fondos de cuentas bancarias, instrumentos de inversión de quienes no paguen, así también, se podrá recurrir a los fondos de ahorro de AFP.

En la misma línea, bajo ciertas circunstancias, el incumplimiento del pago puede constituir violencia intrafamiliar, y en caso de reiterarse la morosidad, se constituirá un delito de menoscabar o controlar la posición económica de la mujer. 

Por su parte, el Registro Nacional de Deudores contendrá el nombre completo de la persona deudora, cédula de identidad o documento correspondiente, número de alimentarios afectados, monto actualizado de la deuda, cantidad de cuotas adeudadas, individualización del tribunal que fijó o aprobó la pensión y datos de la cuenta para realizar el pago. 

Para cancelar la inscripción del Registro Nacional, persona ingresada deberá acreditar el pago completo de la pensión, o bien, adoptar un acuerdo de pago serio y suficiente, que sea aprobado por el tribunal por resolución firme o ejecutoriada. 

Cargos públicos. El diputado Felipe Caamaño presentó un proyecto de ley que inhabilita a postularse a cargos de elección popular a personas que se encuentran en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. 

“Hay que seguir incentivando la manera de poder hacer justicia por los niños y niñas (...) no podemos tolerar que el dia de mañana, haya candidatos que tengan morosidad, que sean deudores de pensiones de alimentos, para postularse a cargos como Presidente de República, diputados, senadores, consejeros regionales, alcaldes. Debemos partir por el ejemplo”, afirmó el legislador.