La Minuta AM: La Convención Constitucional buscará un nuevo acuerdo sobre Sistema Político con el tiempo en contra
Tras rechazar 95 de las 97 normas propuestas por la comisión, la Convención deberá buscar una nuevo “dibujo” institucional en dos semanas
Lo que pasó: El pleno de la Convención Constitucional recibió el informe de la Comisión de Sistema Político, el que contenía 99 normas propuestas. Las normas habían sido acordadas tras una intensa negociación entre colectivos de izquierda y centroizquierda. Un acuerdo que. finalmente, no dejó satisfecho a nadie.
Por eso, una vez en el pleno, 95 de esas normas fueron rechazadas. Algunas, inclusive, con cero votos a favor. La comisión deberá volver a debatir los artículos, en un plazo cercano a las dos semanas, para que el pleno vuelva a analizar su informe.
¿Cuáles son las normas de Sistema Político? La misión de la comisión ha sido revisar el régimen político chileno, donde hay un acuerdo mayoritario por mantener el presidencialismo, pero más atenuado. No hay acuerdo si dicho gobierno tendrá un vicepresidente o vicepresidenta paritaria, o tendrá un ministro de gobierno.
Tampoco hay acuerdo respecto al Congreso. Si bien se avanzó en generar una segunda cámara de características territoriales, el diseño no concitó el apoyo de la mayoría, por lo que también deberá ser replanteado.
En resumen, la comisión deberá volver a evaluar cómo diseña los poderes ejecutivos y legislativos para lograr un acuerdo de, al menos, 103 convencionales en el pleno.
Los artículos aprobados: Donde si hubo acuerdo fue en aquellos artículos que consagran la plurinacionalidad. Fueron tres las normas aprobadas:
El primero es el N° 3: “Corresponderá al Estado, en sus diferentes ámbitos y funciones, garantizar la participación democrática e incidencia política de la sociedad, asegurando la participación de los grupos oprimidos e históricamente excluidos y de especial protección”.
El segundo es el artículo 4, que establece que “Chile es un Estado Plurinacional e Intercultural que reconoce la coexistencia de diversas naciones y pueblos en el marco de la unidad del Estado”,y que “los pueblos y naciones indígenas son preexistentes al Estado de Chile por habitar en el territorio desde tiempos ancestrales y ser anteriores a su conformación o a sus actuales fronteras”.
Finalmente, se aprobó el artículo 5, que garantiza que “los pueblos y naciones indígenas preexistentes y sus miembros, en virtud de su libre determinación, tienen derecho al pleno ejercicio de sus derechos colectivos e individuales”, incluyendo a “la autonomía y al autogobierno, a su propia cultura, a la identidad y cosmovisión, al patrimonio y la lengua, al reconocimiento de sus tierras, territorios, la protección del territorio marítimo”.