La Minuta AM: Las principales normas aprobadas por el Pleno de la Convención esta semana
Lo que pasó: La Convención Constitucional ha avanzado con la aprobación de nuevas normas que integrarán el texto final propuesto a la ciudadanía y que será votado el próximo 4 de septiembre. Los derechos de niñas, niños y adolescentes, la creación de la Corte Constitucional, los derechos de propiedad y la restitución de tierra indígenas se encuentran entre las propuestas aprobadas.
Derechos Fundamentales: El pleno del lunes votó el segundo informe de reemplazo de Principios Constitucionales, que contenía los artículos que no lograron los dos tercios de los votos.
Se propusieron seis nuevos incisos complementarios para tres artículos ya aprobados sobre derechos a las personas mayores; derechos de las personas con discapacidad; y derechos de niños, niñas y adolescentes. Respecto a los derechos de las personas mayores se propuso un segundo nuevo inciso que establece que estas “tienen derecho a obtener prestaciones de seguridad social suficientes para una vida digna”, y fue aprobado.
De los tres incisos propuestos para el artículo 11 sobre derechos de niñas, niños y adolescentes, destaca la creación de un Sistema de protección integral de garantías que asegure “la prevención de la violencia contra niños, niñas, y adolescentes y la promoción y protección efectiva de los derechos de estos”. También pasó a borrador.
Otro artículo que superó los 2/3 el de recepción e integración del derecho internacional de los Derechos Humanos. Este eleva a rango constitucional los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el país y que se encuentren vigentes.
Martes, sistemas de justicia: Se aprobó el artículo 1 sobre Tribunales Ambientales, con excepción de su inciso 3 que fue devuelto a comisión para segunda propuesta. El inciso primero de este artículo establece que es competencia de estos tribunales el conocer y resolver “ sobre la legalidad de los actos administrativos en materia ambiental, de la acción de tutela de derechos fundamentales ambientales y de los derechos de la Naturaleza, la reparación por daño ambiental y las demás que señale la Constitución y la ley”.
Respecto a los órganos autónomos en la administración de la justicia, se aprobó que estos deben regirse por el principio de paridad.
Adicionalmente, fue aprobada la creación de la Defensoría de la Naturaleza y de la Agencia Nacional del Agua, contenidos en los artículos 30 y 35 respectivamente.
Se aprobó, también la autonomía del Banco Central. La norma establece que éste es un órgano que deberá “formular y conducir la política monetaria”. Y deja en manos de la legislación la regulación de su organización, atribuciones, sistemas de control y de las “instancias de coordinación entre el Banco y el Gobierno”.
Finalmente, el pleno aprobó la creación de la Corte Constitucional, la que se define como un “órgano autónomo, técnico y profesional, encargado de ejercer la justicia constitucional con la finalidad de garantizar la supremacía de la Constitución”. Se agrega que “sus resoluciones se fundarán únicamente en razones de derecho”.
Sin embargo, el resto de los artículos sobre esta Corte fueron devueltos a comisión.
El derecho de propiedad: Ayer, el pleno tuvo uno de sus debates más esperado. Se aprobaron los incisos 2 y 3 que complementan el artículo 20 sobre propiedad. En estos se establece el derecho de indemnización “por el justo precio” a la persona expropiada, pago que deberá realizarse previo a la toma de posesión del bien expropiado. Junto a estos, se aprobó incorporar un nuevo inciso que indica que la acción de expropiación deberá estar “debidamente fundada”.
También se debatió sobre el derecho a restitución de tierras para los Pueblos Originarios. La norma fue aprobada por 106 votos y establece que “la propiedad de las tierras indígenas goza de especial protección. El Estado establecerá instrumentos jurídicos eficaces para su catastro, regularización, demarcación, titulación, reparación y restitución”.
Agrega que “la restitución constituye un mecanismo preferente de reparación, de utilidad pública e interés general. Conforme a la constitución y la ley, los pueblos y naciones indígenas tienen derecho a utilizar los recursos que tradicionalmente han usado u ocupado, que se encuentran en sus territorios y sean indispensables para su existencia colectiva”.