Llegó La Minuta AM: Claves para entender la nueva Ley de Migraciones que ayer entró en vigencia

El pasado viernes, Contraloría tomó razón del nuevo reglamento y ayer domingo entró en vigencia. CRÉDITOS: Lucas Aguayo

Lo que ocurrió: A pesar de haber sido aprobada durante el año pasado, recién ayer entró en plena vigencia la Ley de Migraciones. El nuevo cuerpo legal establece los deberes del Estado respecto a la migración, sus políticas de extranjería (visados y permisos), lineamientos migratorios para el país y sanciones por incumplimientos.

Este hecho coincide con el viaje del ministro del Interior, Rodrigo Delgado, a Antofagasta el día sábado. En efecto, la nueva política ya se empezó a ejecutar el día de ayer y, según datos preliminares, se realizaron más de 40 “reconducciones” en la frontera hacia Bolivia.

Pero, ¿qué cambia con la nueva ley que viene a reemplazar al Decreto de 1975 que regulaba esta materia?

Lo que te explicamos: La normativa se rige, según constataba en su mensaje presidencial antes de ser aprobada, por las directrices de la Organización Mundial para las Migraciones y busca "promover una migración regular y ordenada, orientada a que los extranjeros cuenten con las autorizaciones y permisos de residencia o permanencia necesarios para su estadía en el país, y para el desarrollo de sus actividades y el ejercicio de sus derechos, de conformidad con la Constitución Política de la República, la ley y los tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentren vigentes".

Consagra “asegurar el pleno ejercicio y goce de los derechos de los niños, niñas y adolescentes" y el “respeto hacia la mujer extranjera”.

Pero más allá de los principios que la rigen, el texto establece las herramientas con las que contará el Estado para generar sanciones, expulsar, reembarcar y reconducir a inmigrantes. Aquí los repasamos:

  • Reconducción: Esta herramienta, una de las más cuestionadas por organizaciones migrantes, permite al Estado acompañar a inmigrantes que sean detenidos entrando a territorio nacional por un paso fronterizo no establecido y devolverlo al país del que provenía. Para dichos efectos, la autoridad chilena deberá acompañar a la frontera a la persona involucrada y notificar a la autoridad del país vecino que dicha persona ha sido reconducida.

  • Reembarco: En el caso de los pasos fronterizos habilitados, como aeropuertos, el Estado podrá reembarcar a una persona hacia su lugar de origen cuando rija sobre ellos una orden de expulsión vigente, por ingreso con documentos falsificados; y por intentar eludir el control migratorio de dicho paso. Sin embargo, no se podrá reembarcar a una persona cuando existan indicios de que es víctima de trata o de tráfico de personas.

  • Expulsiones: Podrán ser expulsados de Chile quienes tengan pendientes una causal de prohibición de ingreso señaladas en el artículo 32 de la ley Nº 21.325, como haber sido condenados, procesados, imputados, acusados o perseguidos judicialmente en el extranjero por pertenecer o financiar movimientos o grupos terroristas registrados en Interpol.

    También quienes padezcan enfermedades que para la autoridad sanitaria sean impedimento de ingreso. Adicionalmente, se considera causal el que intenten ingresar o egresar de Chile por paso no habilitado; tengan registrada una resolución de prohibición de ingreso u orden de abandono o expulsión firme y ejecutoriada vigente; hayan sido condenados en Chile o en el extranjero por tráfico de estupefacientes o armas, tráfico de migrantes, lavado de activos, crímenes como femicidio, parricidio, secuestro, robos, y otros delitos.

    Respecto al principio del debido proceso, la norma establece que el Servicio Nacional de Migraciones deberá darle 10 días para descargos a las personas que sean válidamente notificadas en su domicilio. Posterior a ello, el SNM dictará la orden correspondiente y el migrante podrá iniciar acciones legales en el sistema de justicia si así lo determina. De no presentarse acciones, la decisión se contará como “firme y ejecutoriada”.

Los extranjeros que sean detenidos cruzando el desierto podrán ser reconducidos al país de origen de donde venían. Chile debe notificar a personal policial de aquel país. CRÉDITOS: Lucas Aguayo

Crisis humanitaria en Chile: Según datos de organizaciones migrantes, diariamente se producen más de 500 ingresos irregulares por pasos fronterizos no establecidos, lo que ha detonado una fuerte tensión cultural en el norte del país, pues los miles de migrantes carecen de condiciones mínimas de habitabilidad.

El mayor número de inmigrantes proviene de Venezuela, país que ha generado la diáspora más grande de la que se tenga registro en la historia del continente, con alrededor de 6 millones de venezolanos que han salido de su país.

El origen está en la grave crisis humanitaria en la que está sumida dicho país bajo la tutela de Nicolás Maduro, un autócrata que gobierna casi sin contrapeso en Venezuela y sobre quien se han acreditado sistemáticas y masivas violaciones a los derechos humanos contra su ciudadanía.

Chile ha recibido más de 600.000 inmigrantes venezolanos si se contabilizan las aproximaciones de aquellos que se encuentran viviendo de manera irregular en el país. La crisis en el norte se ha visto incrementada por la tardía reacción del gobierno, que en febrero del año pasado rechazó un informe de ACNUR que le sugería establecer campamentos para evitar que las ciudades nortinas entraran en crisis.

El fotoperiodista Lucas Aguayo ha recorrido la zona durante el último año. A través de Súbela News comparte doce fotos de su trabajo periodístico que, a su juicio, representan la crisis humanitaria en Chile.

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