Hoy entra en vigencia la Ley de Responsabilidad Parental y pago efectivo de pensiones de alimentos

Hoy sábado 20 de mayo de 2023 entra en vigencia la nueva Ley de Responsabilidad Parental y pago efectivo de pensiones de alimentos. 

Esta normativa establece un mecanismo de pago permanente para las deudas de pensiones de alimentos con cada uno de los hijos/as de la persona deudora. De esta forma, el Estado será el persecutor del patrimonio de la persona deudora. 

Ayer viernes, el Presidente Gabriel Boric junto a la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, participaron de una feria informativa sobre el importante avance que simboliza la puesta en marcha de la ley.

“La Ley de Responsabilidad Parental impulsada por el movimiento de mujeres, el movimiento feminista y reconocida por nuestro Gobierno y por las Parlamentarias también aquí presentes, nos hace dar un paso hacia un mínimo de justicia para esos niños, niñas, jóvenes y para quienes los cuidan, que hoy son víctimas de irresponsabilidad o de la violencia económica, porque el pago oportuno de la pensión es un derecho de quienes cuidan y es un derecho de los hijos e hijas”, comunicó el Mandatario. 

Presidente Gabriel Boric

De acuerdo a datos oficiales, en seis meses de funcionamiento, el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos suma 80.074 deudores inscritos, de los cuales 2.374 son mujeres (2,96%) y 77.700 hombres (97,04%), con una deuda total que supera los 90 mil millones de pesos.

Por su parte, la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, entregó cifras del avance en esta materia. 

“Tenemos un público potencial de beneficiadas que estimamos como base en 600 mil. En paralelo, seguimos avanzando con el Registro Nacional de Deudores, y están ingresando en un número de 10 mil deudores mensuales. Este es un problema transversal que afecta a mujeres de todos lados, de todas las clases sociales”, señaló. 

Antonia Orellana, ministra de la Mujer y Equidad de Género

¿En qué situaciones actúa la Ley?

Si existe al menos una mensualidad impaga, se podrá solicitar al Tribunal correspondiente que ordene el pago de la deuda a través de las cuentas bancarias de la persona alimentante, instrumentos de inversión o cuentas de ahorro previsional voluntario.

Si la deuda corresponde a tres pagos de pensión adeudadas continuas o discontinuas, y el deudor mantiene fondos -o incluso si son insuficientes- se podrá solicitar al Tribunal que consulte con la AFP.

¿Cómo se solicita?

Si la demandante no tiene conocimientos de las cuentas bancarias o instrumentos financieros del deudor se realizará un “Procedimiento Especial”. Esto consiste en que el Tribunal de Familia investigará el patrimonio de la persona deudora a través de la revisión de los sistemas de interconexión que mantiene la Comisión para el Mercado Financiero, Servicio de Impuestos Internos y otros servicios del Estado.   

Si el Tribunal autoriza… ¿Cuánto tiempo tienen las entidades financieras para transferir el monto adeudado?

En caso de existir fondos o patrimonio en cuentas bancarias, ahorro previsional voluntario o instrumentos de inversión, tienen un plazo de 15 días hábiles para realizar la transferencia. 

¿Qué ocurre cuando el deudor tenga más de un hijo/a?

El tribunal tramitará las deudas en forma conjunta para que todas las deudas se paguen. Para el pago de la deuda, el tribunal prorrateará, dividirá de manera proporcional, los fondos entre cada una de las deudas de alimentos.

¿Hay límite de pago con fondos de AFP?

La establece que: 

  • Si la persona deudora está a 15 años o menos de cumplir con la edad para jubilar, el pago no podrá exceder el 50% de los fondos acumulados.

  • Si la persona deudora se encuentra a más de 15 y menos de 30 años de cumplir con la edad para jubilar, el pago no podrá exceder más del 80% de los fondos.

  • Si la persona deudora se encuentra a más de 30 años de cumplir con la edad para jubilar, el pago no debe exceder más de un 90% de los fondos acumulados en su cuenta.

Para mayor información visita el sitio del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género