La Minuta PM: Nicolás López fue sentenciado a 5 años y 1 día de pena efectiva sin beneficios carcelarios. Sin embargo, podría presentar un recurso de nulidad
Lo que pasó: El cineasta Nicolás López fue sentenciado a 5 años y 1 día de pena efectiva sin beneficios, por dos delitos de abuso sexual. Es decir, deberá cumplir su condena en la cárcel. Sin embargo, puede presentar un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones o la Corte Suprema, hasta diez días después de leída la sentencia, para comenzar con un nuevo proceso judicial.
El director fue declarado culpable por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Viña del Mar de forma unánime, el pasado 26 de abril, pero fue absuelto en las causales de violación y ultraje público por un hecho ocurrido en el bar Liguria en 2012.
La Fiscal Regional Lorena Parra dijo al respecto que: “lo que sucede es que a la fecha no existía la tipificación o la figura penal del abuso por sorpresa, esto ocurrió el 2012 y el abuso por sorpresa sabemos que es del 2019. Entonces no resultó posible tipificarlo (…) lo cierto es que el tribunal lo da por acreditado el hecho, ocurre en el Liguria, se indica la fecha, se indica la víctima y se indica también la acción de connotación sexual que realiza el señor López”.
Durante el proceso judicial, se dieron a conocer 53 testimonios, seis peritos, 35 documentos, diez pruebas materiales y otras 35 pruebas.
La historia: El caso inició hace cuatro años, luego de que la Fiscalía Oriente decidiera investigar a López tras la publicación del reportaje de la Revista Sábado-“Los pecados de Nicolás López, el director sin filtro”- donde un grupo de mujeres, entre ellas, varias actrices y modelos, denunció al director de cine por acoso laboral y abuso sexual.
En abril de 2019 el Ministerio Público solicitó la formalización de López por cinco delitos, dentro de los que se encontraba la denuncia de violación de una menor de edad en octubre y noviembre de 2004 en Viña del Mar y Providencia, el 14 de marzo de este año comenzó el juicio en contra del cineasta.
La Fiscalía en un inicio solicitó una pena de 15 años; 10 años y un día por el delito de violación reiterada; cinco años y un día por el delito de abuso sexual; 61 días por el delito de ultraje público a las buenas costumbres. No obstante, los delitos de violación no se pudieron acreditar.
“El delito de violación es un delito grave. Un crimen, por tanto, que requiere un estándar probatorio distinto. Y uno de los delitos de violación ocurrió en 2004, han pasado 18 años y el otro delito ocurre el 2015, han pasado siete años. Además, son violaciones bucales que son de muy difícil prueba”, explicó la fiscal Parra.
Viernes 20 de mayo será la revisión de medidas cautelares.